Actualización -

Como resultado de información que circula en medios de comunicación sobre votación efectuada por el Congreso de la República y declaraciones de funcionarios públicos, (no existe a la fecha de este comunicado una publicación oficial al respecto) consideramos que es razonable afirmar que a partir del 6 de septiembre del 2021, -fecha de la votación- el Estado de Calamidad, decretado por medio del Decreto Gubernativo 8-2021, ha quedo sin vigencia al haber sido improbado (desaprobado) por el Congreso de la República, al igual que las Disposiciones Presidenciales y Órdenes para el estricto cumplimiento, necesarias por Calamidad Pública originada por la Pandemia Covid-19 y sus variantes, de fecha  03 de septiembre de 2021, publicadas en el Diario Oficial.   

Sin perjuicio de lo anterior, las siguientes regulaciones continúan vigentes y por lo tanto deben respetarse:

a. Acuerdo Gubernativo 151-2020, emitido por el Presidente de la República, que prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas fermentadas o destiladas, de lunes a domingo, de las 21:00 horas a las 6:00 horas del día siguiente, en los establecimientos comerciales abiertos al público.

 b. Medidas decretadas dentro del Sistema de Alertas Sanitarias para la Atención de la Epidemia Covid19 y su anexo correspondiente, contenidas en el Acuerdo Ministerial 229-2020 y sus reformas, emitido por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.  (https://s3.us-west-2.amazonaws.com/cdn.republica.gt/2020/09/ACUERDO-MINISTERIAL-229.pdf)

c. Medidas Complementarias decretadas por el Presidente de la República para los centros de trabajo a través del Acuerdo Gubernativo 79-2020.  (https://dgps-sso.mintrabajo.gob.gt/files/AG-079-2020.pdf

NOTA: Actualmente no se encuentran vigentes restricciones de movilidad.

RECORDAMOS LA NORMATIVA VIGENTE PARA SEMÁFORO EN ROJO:

Cualquier publicación que sea emitida por las autoridades o por el Congreso de la República les será comunicada por este medio.

Departamentos Laboral

Evelyn Rebuli

Ingrid Fuentes

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