Actualización Tributaria: SAT aprueba COMISIÓN TEMPORAL

RESUMEN DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NÚMERO SAT-DSI-360-2021APRUEBA LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN TEMPORAL PARA LA RESOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE EXPEDIENTES CON SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE LO PAGADO EN EXCESO O INDEBIDAMENTEVigencia: 21 de abril de 2…

RESUMEN DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NÚMERO SAT-DSI-360-2021

APRUEBA LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN TEMPORAL PARA LA RESOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE EXPEDIENTES CON SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE LO PAGADO EN EXCESO O INDEBIDAMENTE

Vigencia: 21 de abril de 2021

La Comisión tiene por objeto la gestión y resolución de las solicitudes de contribuyentes respecto a la devolución o restitución de lo pagado en exceso o indebidamente ingresados al 31 de diciembre de 2020.

Las funciones de la Comisión serán:

a)  Recibir los expedientes por medio del Sistema de Control y Gestión de Expedientes.

b)  Llevar un control de la cantidad de las solicitudes por atender y las ya atendidas, para efectos estadísticos o requerimientos de información.

c)  Dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 153 del Código Tributario y otras normas para gestionar, analizar, resolver y liquidar los expedientes a su cargo.

d)  Verificar información e los sistemas informáticos de la SAT.

e)  Elaborar los proyectos de resolución de resolución para la aprobación y firma respectiva del Coordinador de la Comisión.

f)   Elaborar o requerir reportes o informes relacionados con los expedientes a su cargo.

g)  Otras que defina el Coordinador de la Comisión.

  • El Gerente de Contribuyentes Especiales Grandes queda facultado para suscribir, autorizar y firmar las resoluciones que sean responsabilidad de la Comisión, así como documentos que tramiten y finalicen los expedientes relacionados.

  • La Comisión tiene hasta el 31 de diciembre de 2021 para realizar sus funciones, durante ese plazo sus actuaciones deberán ser evaluadas y de considerarse necesario que continúe funcionando el Coordinador de la Comisión debe elaborar la justificación para prorrogar el plazo de sus funciones, mediante una nueva Resolución de Superintendencia.

  • La Intendencia de Asuntos Jurídicos deberá informar a la Comisión sobre cualquier acción constitucional de Amparo, relacionada con los expedientes en gestión.

  • Los casos no previstos en esta resolución deberán ser analizados entre el Coordinador, el Gerente de Contribuyentes Especiales Grandes y el Intendente de Fiscalización, debiendo emitir el pronunciamiento respectivo de la propuesta de solución del caso concreto.

Equipo Fiscal QIL+4