REFORMA A SUBSIDIO DIARIO OTORGADO POR EL IGSS
La Licenciada Evelyn Rebuli , directora del área laboral de QIL+4 Abogados, hace de su conocimiento el día 22 de diciembre de 2016 fue publicado en el Diario Oficial el Acuerdo número 1,366 de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), el cual contiene ciertas reformas al Reglamento sobre Prestaciones en Dinero (Acuerdo número 468 de dicha institución).
La finalidad de dicha reforma es modificar el subsidio diario otorgado por el IGSS en casos de incapacidad temporal, quedando regulado de la siguiente manera:
- El monto del subsidio diario por incapacidad temporal no será menor de doce quetzales (Q.12.00) diarios.
- El monto máximo de subsidio diario por incapacidad temporal, no será mayor de ciento veinte quetzales (Q.120.00) diarios.
Es importante tomar en consideración que los montos indicados anteriormente únicamente aplican a los riesgos por enfermedad y accidente, no así al descanso pre y postparto, los cuales continúan rigiéndose por sus propias normas. Para su referencia, el monto máximo anterior era de ochenta quetzales (Q.80.00) diarios.