Actualización Tributaria: SAT

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La SAT publicó recientemente el procedimiento para atención a solicitudes de facilidades de pago (convenios), a través de correo electrónico.

El procedimiento a seguir:

1. Enviar al correo electrónico que corresponda, según su dirección fiscal y región

2. Descargar formulario SAT-821 Solicitud de Facilidad de pago, llenarlo y firmarlo (Adjunto).

3. El formulario SAT-821 escaneado, debidamente llenado y firmado por el Contribuyente o Representante Legal.

4. Declaraciones creadas en Declaraguate en estado validado (2-4), debidamente firmadas; si la facilidad de pago a solicitar es por Ajustes de Fiscalización, adjuntar copia de la Audiencia o de la Resolución notificada. Para ambos casos dichos documentos deberán ser escaneados.

Compartimos los Requisitos necesarios para el procedimiento:

QUÉ OBTIENE EL CONTRIBUYENTE O RESPONSABLE?1. Cita programada para recibir el Reconocimiento Unilateral de Adeudo Tributario para su firma, como el plan de pagos respectivo.2. Recibirá la primera boleta de pago a través de Declaraguate (Formulario S…

QUÉ OBTIENE EL CONTRIBUYENTE O RESPONSABLE?

1. Cita programada para recibir el Reconocimiento Unilateral de Adeudo Tributario para su firma, como el plan de pagos respectivo.

2. Recibirá la primera boleta de pago a través de Declaraguate (Formulario SAT- 891). Para realizar los siguientes pagos, debe generar la boleta a través de Declaraguate llenando el formulario SAT-891, consignando su NIT y Número de su solicitud (Formulario SAT-821).

CASOS ESPECIALES:

No se concede convenio de pago para los casos siguientes:

1. Impuesto al Valor Agregado

2. Retenciones del Impuesto Sobre la Renta

3. Retenciones al Impuesto al Valor Agregado

El formulario de la SAT para el procedimiento puede encontrarlo adjunto al email
Si necesita asesorarse previo a enviar su solicitud, no dude en contactarnos. 


Equipo Fiscal QIL+4 ABOGADOS

José E. Quiñones jquinones@qil4.com, Hellen Guerra hguerra@qil4.com, Otto Ardón oardon@qil4.com