15 DE JULIO ULTIMO DÍA PARA EL PAGO DE LA PRESTACIÓN DE BONIFICACIÓN ANUAL PARA LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO
La Licenciada Evelyn Rebuli, directora del área laboral de QIL+4 Abogados, le recuerda que el Decreto 42-92 del Congreso de la República de Guatemala, estableció como prestación laboral obligatoria la Bonificación Anual Para los Trabajadores del Sector Privado y Público, la cual debe ser pagada dentro dela primera quincena del mes de julio.
Para determinar el monto al que asciende la bonificación, se debe de tomar como base el promedio del cien por ciento de los sueldos o salarios ordinarios devengados por el trabajador durante el periodo afecto a pago, es decir por el periodo comprendido del uno de julio de dos mil quince al treinta de junio de dos mil dieciséis. En el supuesto de que la relación laboral fuera menor de un año, la prestación se debe de pagar a favor de los trabajadores de forma proporcional al tiempo aplicable.
Se les recomienda hacer el pago antes del 15 de julio de 2016 y documentarlo adecuadamente con la firma de un recibo o comprobante. Es importante tomar en consideración que el incumplimientoen el pago de dicha prestación, daría lugar al inicio de un procedimiento de faltas y la imposición de una multa entre tres y doce salarios mínimos mensuales para las actividades no agrícolas.