Actualización Ambiental Las empresas, negocios, industrias, proyectos y profesionales que estén operando y no cuenten con Estudio de Impacto Ambiental (EIA), licencias o registros correspondientes según su actividad, tendrán un periodo de hasta tres (3) años, es decir hasta el 16 de diciembre de 2022, para regularizar su actividad ante el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (De conformidad con lo establecido en el Diario Oficial el Acuerdo Gubernativo 317-2019 en el cual el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales reforma algunos aspectos del Acuerdo Gubernativo 137-2016).Inicialmente el plazo, que vencía el 3 de enero del 2022 (según los acuerdos 137-2016 y 121-2018) fue modificado con el Acuerdo Gubernativo 317-2019 que entró en vigencia el 25 de diciembre de 2019, estableciendo hasta el diez y seis (16) de diciembre del 2022 el plazo para regularizar su actividad.En resumen, todas aquellas personas individuales o jurídicas que ya estén operando y no cuentan con autorización ambiental, deberán dentro del plazo anteriormente referido, presentar su diagnóstico ambiental para su regularización ante el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.Asimismo, esta disposición aplica para todas aquellas personas o entidades que deben hacer un registro, conforme las disposiciones y listado publicado por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.En caso de información adicional no dude en contactarnos a hmorales@qil4.com QIL+4 AbogadosJanuary 21, 2020Comment LinkedIn0 0 Likes